Noruega y GoogleLa autoridad DATATILSYNET, el equivalente noruego de la Agencia Española de Protección de Datos, está realizando una investigación sobre los buscadores noruegos, entre los que ha incluido al todopoderoso Google. En ella se cuestiona la cantidad de datos que se almacenan teniendo como origen las búsquedas de los usuarios.

¿Por qué se almacenan las direcciones IP de los usuarios durante tanto tiempo y para qué se utilizan?” – es una de las preguntas que formula el ingeniero Atle Arnes en el diario noruego Aftenposten – “porque aunque el motor de búsqueda no puede identificar a cada persona detrás de cada dirección IP, sí que puede dejar información personal que hace posible su identificación”.

El asunto es de tal calibre que el experto en privacidad de Google para Europa y Oriente Próximo, Peter Fleischer, ha estado en Oslo para entrevistarse con las autoridades correspondientes. Fleischer, que antes trabajó para Microsoft, ha asegurado que Google no conoce las personas que están detrás de cada dirección IP, y que tampoco da esta información a terceros, a no ser que se trate de autoridades judiciales.

Imaginemos que un buscador almacenase las direcciones IP junto con las búsquedas correspondientes… ¿no es eso una mina?¿no nos podría dar unos perfiles inmejorables? Haría las delicias de cualquier departamento de marketing… ¿cuánto valdría una base de datos así?

Hay que seguir con atención el estudio que realizan los noruegos para ver sus conclusiones: es el primero que analiza la actividad de Google conforme una regulación de protección de datos muy cercana a la nuestra.

 

Legislación protección de datosMe gusta la Wikipedia, adoro la Wikipedia. Sigo siempre que puedo el consejo de Juan, que me recomendó consultarla. Tiene definiciones muy prácticas, y con los hiperenlaces que tiene resulta muy, pero que muy práctica. Fijaros en la definición de “espacio exterior”:

El espacio exterior, también simplemente llamado espacio, se refiere a las regiones relativamente vacías del universo fuera de las atmósferas de los cuerpos celestes.

Hay profesionales que viven en el espacio exterior, fuera de la enriquecedora atmósfera del trabajo diario en la realidad empresarial, y como no la entienden porque les queda demasiado lejos… pues dicen lo que dicen.

Me indigna que haya profesionales que afirmen que “el mecanismo español de protección de datos es una amenaza para el sector”. Interpretan que como las sanciones que establece la LOPD son muy duras, pues claro, son una amenaza. Claro que son una amenaza, majetes… pero para quien la incumple.

Un aviso a navegantes:

¡Que estamos tratando datos personales, criaturas!

¡que es la intimidad de los clientes!

Además… ¡clientes a los que a las empresas les interesa cuidar!

¿Cliente…? ¡Ah! ¿es esa la especie que paga la minuta? ¡pues por ejemplo! Y los que van a pedirte un presupuesto y se encuentran con que luego les envías publicidad de un Master. Y claro, luego vienen las sanciones de la Agencia, y tener el dudoso honor de ser el primer despacho especializado en derecho de las nuevas tecnologías al que la Agencia le enchufa una sanción en un campo en el que dicen ser especialistas… ¡Manda huevos!

No puedo dejar de transcribir una frase que me ha hecho partirme de risa. Es muy, muy buena: “el sistema punitivo tiene por supuesto una función preventiva, de creación de estímulos mediante un sistema de premios y castigos…”

¿Así que el sistema punitivo crea estímulos mediante un sistema de premios? ¡Jaaaaaaaaa, ja, ja, ja!

Pues en el siguiente artículo nos contáis qué premios da ese sistema punitivo por cumplir la Ley, que seguro que os lo publican y pasáis a los anales del derecho de las nuevas tecnologías.