La autoridad de protección de datos de UK investiga a Facebook

facebookFacebook tiene sus primeros problemas con la autoridad de protección de datos del Reino Unido (Information Commissioner’s Office). Un televidente de Channel4 News, Alan Burlinson, intentó borrar su cuenta, pero se encontró que era imposible. Le estaba permitido desactivarla, pero esta permanece por tiempo indefinido en los servidores de la empresa.

¿Cómo puede comprobarse esto? Pues desactivando la cuenta, y solicitando reingresar más tarde con el mismo usuario y password. Todos los datos volverán a estar accesibles. Si quieres que desaparezcan, tienes que borrarlos todos uno a uno (¡!).

Channel 4 se puso en contacto con Facebook para pedir una explicación, a lo que les contestaron que cumplen con la “Data Protection Act” porque “informan al usuario como ésta requiere sobre qué información se recaba, y se le da control sobre qué información quiere compartir y con quién”. También preguntó a la autoridad de protección de datos, que se comprometió a investigar el caso, e hizo la siguiente declaración:

Mucha gente escribe contenidos en webs de redes sociales sin pensar en las huellas electrónicas que dejan detrás. Es importante que las personas tengan en cuenta esto cuando colocan información on-line. Sin embargo, también es importante que los websites asuman sus responsabilidades. En particular, deberían asegurar que la información personal no se conserva más tiempo del necesario, especialmente cuando la persona titular ya no utiliza esa web.

Estamos hablando del derecho de cancelación del usuario. Me resulta absurdo que el responsable responda que cumple con esta cancelación porque el usuario tiene control sobre los datos que va anotando en su perfil particular, mientras que el pobrecito ha de ir borrándolos uno a uno, dejando vacío su mini-site para que en la web no quede rastro de él. En nuestro ordenamiento bastaría con solicitar la cancelación para que el responsable del fichero tenga que cancelar todos los datos, como ordena el artículo 16 LOPD.

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